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La extradición del solicitante a un país donde corre el riesgo de ser condenado a cadena perpetua sin posibilidad de liberación es contraria al artículo 3 del Convenio Europeo
En su sentencia Babar Ahmad and others v. United Kingdom del 10 de abril de 2012, los demandantes, sospechosos de terrorismo, argumentaron ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos que su extradición a los Estados Unidos era contraria al artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. . Según ellos, las condiciones particularmente estrictas de detención en el centro penitenciario " ADX Florence " en Colorado en el que serán detenidos y el hecho de que corren el riesgo de ser condenados cadena perpetua era contraria al artículo 3 de la convención.
El Tribunal Europeo observó entonces que los demandantes no se quejaban de las condiciones de detención en la prisión " ADX Florence ", sino de la ausencia de garantías procesales para obtener el ajuste de su oración. El Tribunal Europeo consideró entonces que una vez extraditados a Estados Unidos, no había pruebas de que los demandantes fueran a ser recluidos en este centro penitenciario aunque fueran considerados terroristas. También consideró que, dada la gravedad de los cargos que se les imputan, si fueran declarados culpables de estos hechos delictivos, la posible condena de los demandantes a cadena perpetua sin posibilidad de libertad no sería incompatible con el artículo 3. Para consolidar su posición, la Corte Europea dictaminó que Estados Unidos tiene una larga tradición de respeto por los derechos humanos y la democracia y este país es considerado un país seguro.
Sin embargo, en una sentencia Trabelsi contra Bélgica, dictada el 4 de septiembre de 2014, el Tribunal Europeo reconsideró su posición al considerar que una cadena perpetua incomprensible del solicitante en caso de su extradición a los Estados Unidos era contraria al artículo 3 del Código Europeo. Convención de Derechos Humanos.